Sentencia N° 664 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0664, Exp. 16-1046, 18/10/2018
Expediente16-1046
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-18
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Manuel de Jesús Aponte, en representación de la sociedad civil Expresos Mara S.C., contra el fallo del 29 de junio de 2015 del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Aragua. La decisión original había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación y ordenado la restitución del demandante a su puesto de trabajo, así como el pago de una indemnización por daño moral de doscientos mil bolívares.
La Sala, al analizar la solicitud, concluyó que la decisión impugnada no incurrió en los vicios alegados por el solicitante y que la jueza había actuado conforme a derecho, aplicando correctamente la doctrina y jurisprudencia en materia de daños morales. Por lo tanto, se declaró que la solicitud de revisión no contribuiría a la uniformidad jurisprudencial y se decidió no ha lugar a la misma.
Finalmente, la Sala reafirmó su competencia para conocer de la revisión y destacó que la decisión del Juzgado Superior había quedado definitivamente firme, lo que permitió el ejercicio de la revisión constitucional en este caso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Manuel de Jesús Aponte, actuando en la condición de apoderado judicial de la sociedad civil EXPRESOS MARA S.C., del fallo dictado, el 29 de junio de 2015, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.