Sentencia N° 663 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0663, Exp. 24-0549, 08/05/2025
Expediente24-0549
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-05-08
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara competente para conocer de la acción de amparo interpuesta por Ramón Antonio Gibson Berenguel. Se establece que ha habido abandono del trámite por parte del actor, quien no realizó diligencias en el proceso desde el 4 de junio de 2024. Por lo tanto, se declara la terminación del procedimiento y se impone una multa de dos mil bolívares a la parte accionante.
Extracto de la motiva
motivado, el Tribunal Segundo de Primera Instancia, dejó sin efecto la boleta de citación librada al ciudadano Ramón Gibson, y ordenó excluir del. presente juicio a los ciudadanos Luis José Guerra y Jesús Ramón García, así también ordenó librar nueva boleta de citación al referido ciudadano Ramón Gibson, aplicando para ello lo previsto en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, fechado 16/01/2024 (Fs. 30-31) contra el cual se ejercio por el demandante el recurso de apelación”. (Sic) Que, mediante “…diligencia de fecha 18/01/2024 (Folio 33) el abogado Oscar Silva en su condición de apoderado judicial de la parte actora apeló del auto de fecha 16/01/2024”. Que, “EN FECHA 6-05-24, el Tribunal de Alzada DICTA LA SENTENCIA HOY RECURRIDA EN AMPARO” y “En fecha 21 -05-2024, el Tribunal de Alzada Niega el Recurso de Casación propuesto en fecha 16-05-24”. (Sic) Que, “…En la sentencia recurrida en amparo, el Tribunal Superior in comento, establec
Dispositiva
PRIMERO: Que esta Sala es COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: Se declara la terminación del presente procedimiento por abandono del trámite. TERCERO: Se impone a la parte accionante, ciudadano Ramón Antonio Gibson Berenguel, una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00).
Palabras clave
derecho al debido procesoamparodefensaCódigo de Procedimiento Civilconstituciónjurisdicciónsentenciademandado