Sentencia N° 661 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de junio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 661, Exp. 15-0146, 01/06/2015
Expediente15-0146
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación interpuesto por Isabel Sojo y un grupo de ciudadanos, debido a la falta de claridad en la demanda y la ausencia de correcciones a las deficiencias señaladas en un plazo establecido. La decisión se fundamenta en la imposibilidad de apreciar las pretensiones de los accionantes y en la falta de especificación de los artículos que consideran dudosos.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que esta Sala, mediante decisión N° 404 del 7 de abril de 2015, ordenó la corrección del escrito en virtud del carácter ininteligible de la demanda ya que resultó imposible apreciar exactamente qué pretendían los accionantes al interponer el “recurso de interpretación” contra el Decreto N° 1227 del 2 de septiembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.489 del 3 de septiembre de 2014, sobre lo qué además, no expresaron que artículos son los que consideran “dudosos” y requieren ser interpretados o aclarados, o si lo que pretendía era interponer una demanda de amparo o de otro tipo contra las actuaciones que presuntamente ha realizado u omitido la Directora General de la Oficina de Gestión Humana del Ministerio de Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda, que presuntamente están menoscabando los derechos laborales del personal empleado, obrero y contratado. En este sentido, se observa que en el caso de autos, desde el día 24 de abril de 2015, ocasión en la cual la Secretaría de esta Sala publicó cartel de notificación dirigido a los accionantes a fin de que subsanaran las deficiencias de su solicitud, ha transcurrido íntegramente el plazo de los tres (3) días siguientes que la Sala concedió en su decisión, sin que se hubiesen corregido de forma tempestiva, los defectos del escrito, razón por la cual, la presente demanda resulta inadmisible de conformidad con lo que establece en el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de interpretación, interpuesto por la ciudadana ISABEL SOJO, así como un grupo de ciudadanos. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

interpretaciondecretoministeriosjusticiaadministracion

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