Sentencia N° 66 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de enero de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 66, Exp. 05-1586, 23/01/2006
Expediente05-1586
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-01-23
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Ana Mercedes Peteh Betancourt a favor de su defendido, Otto Adolf Genauer Morales, contra una omisión del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar. La Corte Marcial había declarado inadmisible la acción de amparo, lo que motivó la apelación. La Sala Constitucional, tras analizar los antecedentes y fundamentos, concluyó que la acción de amparo era procedente y que la Corte Marcial no cumplió con los plazos establecidos para la celebración de la audiencia pública.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional se fundamentó en la violación de los derechos constitucionales del derecho a la defensa, al debido proceso, al derecho a ser oído, a ser juzgado en libertad y a ser considerado y tratado como inocente, debido a que el Tribunal Militar Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas, Distrito Capital, no cumplió con los requisitos previstos en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal Penal, al no fijar la audiencia oral y pública en la presente causa. Que al respecto, debe en principio señalar esta Corte Marcial, que la acción de amparo constitucional procede contra todo acto, hecho u omisión que viole u amenace violar cualquiera de las garantías o derechos amparados por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes de la República, o los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por Venezuela, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional invocada.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 13 de julio de 2005, por la abogada Ana Mercedes Peteh Betancourt, defensora del ciudadano Otto Adolf Genauer Morales, contra la decisión dictada el 11 de julio de 2005, por la Corte Marcial. 2.- ANULA la decisión dictada el 11 de julio de 2005, por la Corte Marcial. 3.- REPONE la presente causa –incidental- al estado de que la Corte Marcial se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción de amparo conforme a lo dispuesto en este fallo. 4.- NIEGA la solicitud realizada el 9 de agosto de 2005 por la abogada Ana Mercedes Peteh Betancourt.
Palabras clave
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