Sentencia N° 659 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de abril de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 659, Exp. 02-1494, 04/04/2003
Expediente02-1494
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la admisión de una acción de amparo constitucional interpuesta contra la aprobación de un proyecto de ley por parte de la Asamblea Nacional. La acción fue considerada inadmisible debido a que la ley objeto de la acción había sido derogada por una nueva ley que ya había entrado en vigencia, lo que cesó el supuesto de hecho que sustentaba la acción de amparo. En consecuencia, se declaró la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo ha sido interpuesta contra un acto de la Asamblea Nacional, según el cual habría sido aprobado en primera discusión el Proyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral. Siendo así, la Sala, de conformidad con lo que dispone el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, según el cual a ésta le compete conocer de los acciones de amparo constitucional propuestas contra las máximas autoridades de los órganos que encabezan las ramas del poder público a nivel nacional, se declara competente para tramitarlo. Así se establece. Visto que el instrumento normativo cuya entrada en vigencia de forma íntegra, tal como lo exigían los accionantes, fue abrogado por otro que ya entró en vigencia, la Sala estima que ha cesado el supuesto de hecho que sostenía la presente acción de amparo, es decir, los efectos del artículo 80 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral, así como la ley en su totalidad. En consecuencia, se hace inadmisible sobrevenidamente por la causal establecida en el artículo 6.1. de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley INADMITE la acción de amparo propuesta por los ciudadanos Liliana Hernández, Gerardo Blyde, Ramón José Medina, Julio Borges, Carlos Ocariz y Juan Carlos Caldera, asistidos por las abogadas Claudia Nikken y María Teresa Zubillaga, contra la Aprobación por parte de la Asamblea Nacional del Proyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral publicada originalmente en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela n° 5.199 Extraordinaro, del 30 de diciembre de 1997, en el cual se proponía una vacatio legis hasta el 1° de enero de 2003. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.