Sentencia N° 658 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de junio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 658, Exp. 00-1362, 01/06/2015
Expediente00-1362
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronunció sobre una demanda de amparo constitucional interpuesta por un grupo de ciudadanos contra la omisión del Ministerio del Ambiente en el cumplimiento de programas de saneamiento del Lago de Valencia. La causa fue remitida a esta Sala tras la declinatoria de competencia de la Sala Político Administrativa. Se ordenó la ejecución de decisiones previas y se estableció que la ejecución corresponde al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry en el Estado Aragua.

Extracto de la motiva

La presente causa ingresó a esta Sala Constitucional, en razón de la declinatoria de competencia declarada por la Sala Político Administrativa mediante sentencia N° 508 del 16 de marzo de 2000. Visto que esta Sala Constitucional dictó los fallos números, 1632/11.08.2006, 1752/13.08.2007 y 868/26.06.2012, en los que se estableció el mecanismo, forma, modo y procedimiento de ejecución a seguir para poner fin a la causa, tomando en consideración que la ejecución del cumplimiento se debe efectuar en el Estado Carabobo y Aragua, en razón de la cercanía de la mayoría de los afectados que se encuentran en el Estado Aragua y que en casos anteriores se ha dejado la ejecución de las sentencias dictadas por esta Sala a otros tribunales de la República (Vid. sentencias Nros. 1634/05.12.2012 y 1777/21.12.2012), se ORDENA que la ejecución de las decisiones dictadas en la presente causa, así como la verificación del cumplimiento de los extremos contenidos en las precitadas sentencias, corresponda al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua que corresponda previa distribución.

Dispositiva

ORDENA que la ejecución de las decisiones dictadas en la presente causa, así como la verificación del cumplimiento de los extremos contenidos en las precitadas sentencias, corresponda al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua que corresponda previa distribución. Así se declara. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Remítase el expediente al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesmedio ambientesaludpropiedadinundaciones

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