Sentencia N° 657 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 657, Exp. 12-0459, 23/05/2012
Expediente12-0459
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión presentada por el abogado Darío José Olano Villasmil, en representación de la Asociación Cooperativa Coproinra, R.S. contra una sentencia de la Sala de Casación Social que declaró inadmisible un recurso de control de legalidad. La Sala declaró su competencia para conocer la solicitud, pero determinó que la misma era inadmisible por no haberse acompañado la copia certificada del fallo recurrido y por la falta de legitimación del abogado para actuar en nombre de la parte solicitante.
Extracto de la motiva
En virtud de lo expuesto, ciertamente se observa que el abogado Darío José Olano Villasmil, quien se atribuye la representación judicial de la Asociación Cooperativa Coproinpra R.S, parte demandada del juicio que por prestaciones sociales interpusiera el ciudadano Marcelo Antonio Ochoa Araujo-, no acompañó junto con su pretensión copia del poder judicial que le adjudique la representación que dice detentar. Asimismo, si bien esta Sala ha admitido el ejercicio de las solicitudes de revisiones constitucionales 'planteadas conforme a poderes que habiliten genéricamente para actuar en sede jurisdiccional' (ver sentencia n.°: 1350, del 5 de agosto de 2011, caso: Desarrollo las Américas, C.A.), constituye una carga procesal para la representación judicial de la parte solicitante, la consignación del mandato general o especial que habilita tal representación junto con la solicitud de revisión constitucional, con la finalidad de verificar la legitimatio ad processum.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional planteada el abogado, el abogado Darío José Olano Villasmil, quien indicó que actuaba en su carácter de apoderada judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA COPROINRA, R.S., contra la sentencia dictada el 06 de marzo de 2012 por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible el recurso de control de legalidad. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.