Sentencia N° 657 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 657, Exp. 10-0933, 12/05/2011
Expediente10-0933
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-05-12
DecisiónTerminada el procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por Andy Atilio González Bracho, debido al abandono del trámite por parte del accionante. Se establece que la falta de actuación desde el 26 de octubre de 2010 hasta la fecha de la decisión, que supera los seis meses, configura la pérdida de interés en la tutela solicitada. Además, se impone una multa de cinco bolívares a la parte actora por el entorpecimiento de las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
Debe previamente esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente acción de amparo, a la luz del artículo 25, cardinal 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En tal sentido, corresponde a esta Sala conocer de las demandas de amparo constitucional autónomo contra las decisiones que dicten, en última instancia, los juzgados superiores de la República, salvo de las que se incoen contra las de los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo. En el caso sub júdice, la pretensión de amparo fue interpuesta contra la sentencia dictada el 21 de mayo de 2010 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el accionante contra la decisión emitida el 26 de febrero de 2010 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 de ese mismo Circuito Judicial, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta “en la causa FP01-O-2010-000010” e improcedente la acción de tutela constitucional planteada contra la ciudadana Nelly Meneses Ortiz, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, respecto de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANDY ATILIO GONZÁLEZ BRACHO, asistido por el abogado Trino Moisés Odreman, ya identificados, contra la sentencia dictada el 21 de mayo de 2010 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. 2.- Se IMPONE al accionante una multa por la cantidad de cinco bolívares fuertes (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier entidad bancaria receptora de fondos nacionales. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.