Sentencia N° 656 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 656, Exp. 04-1385, 28/04/2005
Expediente04-1385
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRecusacion
Fecha de la decisión2005-02-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala se pronuncia sobre la recusación de los magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, Luis Velázquez Alvaray y Francisco Carrasqueño López, presentada por el abogado Henry Pereira Gorrín. Se argumenta que aceptar la recusación dejaría a la Sala acéfala para decidir sobre la nulidad de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, lo que es considerado imposible. La Sala concluye que no se puede atribuir interés a los magistrados recusados sin pruebas que comprometan su honorabilidad.
Extracto de la motiva
Para decidir se observa: Con base en el ordinal 6° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se procedió a recusar a los Magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, Luis Velázquez Alvaray y Francisco Carrasqueño López, por tener interés directo en el juicio de nulidad incoado contra la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en razón de que si se anulare la ley, dichos magistrados quedarían revocados de sus cargos. A juicio de quien decide, de aceptarse el razonamiento del recusante, la Sala quedaría acéfala para decidir cualquier acción de nulidad contra dicha ley y, por lo tanto, nunca podría decidirse la nulidad de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En efecto, tanto los magistrados principales y todos los suplentes nombrados por la Asamblea Nacional con motivo de la entrada en vigencia de la ley impugnada, no podrían intervenir en el proceso, por lo que la Sala quedaría constituida por quien aquí decide, y por los Magistrados Pedro Rondón Haaz y Antonio García García, pero con estos tres magistrados la Sala no queda constituida válidamente y, por lo tanto, no podría decidirse la nulidad, ya que tampoco hay conjueces designados que permitan llenar las vacantes. Además, de haberlos, el llamado tendría que ser alternativamente a suplentes y a conjueces.
Dispositiva
En consecuencia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR las recusaciones incoadas en esta causa contra los Magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, Luis Velázquez Alvaray y Francisco Carrasqueño López.
Palabras clave
recusacionmagistradoshonorabilidadnulidadLey Organica del Tribunal Supremo de Justiciainteresimparcialidad