Sentencia N° 655 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0655, Exp. 17-0755, 18/10/2018
Expediente17-0755
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, ha declarado con lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por Mangueras Acarigua, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Portuguesa, que había declarado sin lugar la nulidad de un contrato de arrendamiento. La Sala argumenta que el juez de alzada debió decidir sobre el fondo del asunto, en lugar de ordenar la reposición de la causa, lo que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, se anula la sentencia objeto de revisión y se ordena que un nuevo Juzgado Superior emita un nuevo pronunciamiento sobre el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la estabilidad de las normas ordenadoras del proceso, vinculada con la especialidad de cada uno de los regímenes procesales establecidos en razón del bien jurídico tutelado por cada materia (constitucional, contencioso-administrativa, militar, civil, penal, laboral, tributario, etc.) forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva postulado por el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como del carácter instrumental del proceso en procura de la justicia predicado por el artículo 257 eiusdem, pues ello presupone el conocimiento previo de aquellas reglas procesales y sus correlativas garantías -p.ej. competencia del órgano y garantía del juez natural, derecho a la prueba y establecimiento del lapso probatorio- que operan para que el ciudadano canalice adecuadamente sus pretensiones ante la jurisdicción bajo formas certeras, en procura de obtener la tutela o el reconocimiento de sus derechos de forma expedita y eficaz.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HA LUGAR la solicitud de revisión ejercida por el abogado Marco Antonio Aponte, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MANGUERAS ACARIGUA, C.A., ya identificados, de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa el 14 de marzo de 2017. En consecuencia ANULA el fallo objeto de revisión y REPONE la causa al estado de que otro Juzgado Superior en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, emita un nuevo pronunciamiento sobre el recurso de apelación incoado contra el fallo del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa del 27 de octubre de 2016, conforme a lo expuesto en el presente fallo.
Palabras clave
revisión constitucionalnulidad de contratoarrendamientotutela judicial efectiva