Sentencia N° 655 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de marzo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 655, Exp. 06-0139, 29/03/2006
Expediente06-0139
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por ARPITEX C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Miranda. La acción fue motivada por la supuesta violación del derecho al debido proceso. La Sala advirtió que el escrito presentaba indeterminaciones y ordenó al abogado que corrigiera el escrito y presentara la decisión que declaró extinguida la causa del proceso principal en un plazo de 48 horas. En caso de incumplimiento, la acción sería declarada inadmisible.

Extracto de la motiva

Advierte esta Sala, que el escrito contentivo de la acción de amparo constitucional presenta indeterminaciones que se entienden como inobservancias a los numerales 4, 5 y 6 del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Igualmente observa esta Sala que no consta en autos la decisión que declaró extinguida la causa del proceso principal, ni los datos específicos de la misma. En consecuencia, esta Sala Constitucional en concordancia con lo antes expuesto y de acuerdo con lo establecido en los numerales 4, 5 y 6 del artículo 18 y el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, le ordena al abogado Ramiro Hernández Contreras, con el carácter de apoderado judicial de Arpitex C.A., corrija su escrito de amparo constitucional y consigne copia certificada de la decisión que declaró extinguida la causa del proceso principal, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación.

Dispositiva

ORDENA al abogado Ramiro Hernández Contreras, con el carácter de apoderado judicial de Arpitex C.A., la corrección del escrito libelar, en los términos expuestos en el presente fallo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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