Sentencia N° 654 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 654, Exp. 15-0367, 01/06/2015
Expediente15-0367
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Mario Alberto Quijada Rincón, quien actuaba como defensor privado del ciudadano Yorvis Jesús Peña González. La decisión se fundamentó en la falta de legitimidad del abogado para representar al imputado, ya que no presentó los documentos necesarios que acreditaran su condición de defensor, como el poder o acta de juramentación debidamente certificada.

Extracto de la motiva

La Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Mario Alberto Quijada Rincón, en su carácter de presunto defensor privado del ciudadano Yorvis Jesús Peña González, toda vez que, el abogado no cumplió con su deber de acompañar, conjuntamente con el libelo de amparo, copia certificada del nombramiento y del acta de juramentación, sino que las consignó en copia simple, por lo que no quedaba acreditada la condición de defensor del referido ciudadano, aunado a que la copia del acta de juramentación “no contiene las firmas de las partes que suscriben el acta, lo cual tampoco se corresponde, ni siquiera, con una copia simple”.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado Mario Alberto Quijada Rincón, actuando en su carácter de presunto defensor privado del ciudadano YORVIS JESÚS PEÑA GONZÁLEZ, contra la decisión dictada, el 03 de marzo de 2015, por la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que declaró inadmisible el amparo interpuesto contra el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. En consecuencia, queda FIRME dicha decisión.

Palabras clave

amparolegitimidaddefensorjurisprudenciaderechosconstitucionalcertificación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca