Sentencia N° 653 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 653, Exp. 17-0729, 14/08/2017
Expediente17-0729
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario Brea Monsalve contra la sentencia n.° 1.225 de fecha 5 de diciembre de 2016, emitida por la Sala de Casación Social. La decisión se fundamenta en que la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece que no se admitirá la acción de amparo contra decisiones de la Corte Suprema de Justicia, lo que incluye al Tribunal Supremo de Justicia en su conjunto.
La Sala resalta que el Tribunal Quinto Superior del Trabajo había declarado su incompetencia para conocer la acción de amparo y ordenó la remisión del expediente a la Sala Constitucional en consulta obligatoria. Sin embargo, se concluye que la acción de amparo es inadmisible debido a la prohibición legal expresa de admitir este tipo de pretensiones contra sentencias del Tribunal Supremo de Justicia.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, así como la devolución del expediente al tribunal de origen, reafirmando la autonomía del Tribunal Supremo de Justicia y su posición como el máximo órgano del Poder Judicial en Venezuela.
Extracto de la motiva
La acción de amparo interpuesta es inadmisible, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 6, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional propuesta por el ciudadano MARIO BREA MONSALVE contra la sentencia identificada con el n.° 1.225 de fecha 5 de diciembre de 2016, proferida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de control de legalidad que fue interpuesto por el mencionado ciudadano como medio de impugnación del fallo dictado el 1° de octubre de 2015 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en el procedimiento contentivo de la demanda de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos propuesta por el hoy quejoso contra la sociedad mercantil C.A. Metro de Caracas. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.