Sentencia N° 647 — Sala Constitucional del TSJ (2023)

TSJ/SC, Sent. N° 0647, Exp. 22-0586, 30/05/2023
Expediente22-0586
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión—
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Leobardo José Nava Rondón, quien denunció violaciones a sus derechos en un proceso penal. La Sala constató la falta de actas procesales completas en el expediente y solicitó a la Fiscalía Superior del Estado Mérida la remisión de copias certificadas de la causa. Se ordenó a la Secretaría de la Sala notificar a la Fiscalía para el cumplimiento de esta solicitud en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

Ahora bien, la Sala constata de las actas del expediente que no constan en autos la totalidad de las actas procesales con ocasión a la causa que se le sigue al ciudadano Leobardo José Nava Rondón, en su condición de imputado ante la Fiscalía Décima (10°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, según expediente signado con el alfanumérico MP-221488-2018, de allí que esta Sala requiera, copia certificada -perfectamente legible-, de la referida causa seguida contra el ciudadano Leobardo José Nava Rondón, procesado por la presunta comisión del delito de trato cruel continuado en la modalidad de maltrato psicológico. En tal sentido, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, considera pertinente solicitar a la Fiscalía Superior del Estado Mérida, realizar todas las gestiones administrativas necesarias para recabar las copias certificadas del expediente signado con el alfanumérico MP-221488-2018, instruido ante la Fiscalía Décima (10°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, por cuanto son imprescindibles para tener certeza en la resolución de la presente acción de amparo.

Dispositiva

Se ORDENA a la Secretaría de la Sala que practique la notificación respectiva de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

amparodelitosfiscalíaproceso penalderechosjusticia

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