Sentencia N° 644 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de abril de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 644, Exp. 03-1247, 23/04/2004
Expediente03-1247
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por Edgar Enrique Laucho Álvarez contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente su acción de amparo. La Sala determinó que la acción de amparo era inadmisible, ya que el demandante había optado por recurrir a vías judiciales ordinarias, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La acción de amparo debe operar bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha; o b) Ante la evidencia de que el uso de los medios judiciales ordinarios, en el caso concreto y en virtud de su urgencia, no dará satisfacción a la pretensión deducida. La exigencia del agotamiento de los recursos a que se refiere el aludido literal a), no tiene el sentido de que se interponga cualquier recurso imaginable, sino sólo los que permitan reparar adecuadamente lesiones de derechos fundamentales que se denuncian.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Martínez Ceruzzi, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Edgar Enrique Laucho Álvarez. SEGUNDO: REVOCA la sentencia dictada el 26 de febrero de 2003, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró improcedente la acción de amparo interpuesta. TERCERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Edgar Enrrique Laucho Álvarez, representado por los abogados René Buroz Arismendi, Carlos Martínez Ceruzzi, Dorismary Vega Villabolos, Silvana A. Gómez Mercado y Rosa Virginia Cabrera Carpio, contra el Director General del Ministerio de la Defensa, Vicealmirante Luis Alfredo Torcatt Sanabria.
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