Sentencia N° 642 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 642, Exp. 04-1258, 28/04/2005
Expediente04-1258
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-04-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Alberto José de Macedo Penelas. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de cumplimiento de requisitos procesales por parte del accionante, quien no presentó la documentación solicitada por el tribunal inferior. La Sala determina su competencia para conocer la consulta y ratifica la decisión del tribunal de origen, enfatizando la importancia de la correcta presentación de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional debe estar concebida como una protección de derechos y garantías constitucionales, por lo que, el ejercicio de la acción está reservado para restablecer situaciones que provengan de las violaciones de tales derechos y garantías. En el presente caso, el asunto que subyace tras la acción incoada es de interés exclusivo de los accionante, siendo que el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dispone que, si la solicitud fuere oscura o no llenare los requisitos exigidos en el artículo 18 eiusdem, se notificará al solicitante de amparo para que corrija el defecto u omisión dentro de un lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación, si no lo hiciere la acción de amparo será declarada inadmisible.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia dictada el 6 de mayo de 2004, por el Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por la abogada Damarys Milagros Rangel, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Alberto José de Macedo Penelas contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.