Sentencia N° 640 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 640, Exp. 06-1304, 16/04/2007
Expediente06-1304
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-04-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional presentada por un grupo de trabajadores contra la decisión de desalojo ordenada por el Juez Temporal Beatriz A. Valenzuela V. y el ciudadano Simón Ramos Farías. Los trabajadores alegaron violaciones a sus derechos constitucionales a la igualdad y al trabajo, argumentando que fueron desalojados de su lugar de trabajo sin justificación adecuada. La Sala, tras analizar la admisibilidad de la acción, decidió acumular el expediente a otro caso relacionado y declaró con lugar el amparo, ordenando la reincorporación de los trabajadores a sus puestos.
Extracto de la motiva
La acumulación de causas, en este sentido, es plenamente aplicable dentro del proceso de amparo, en tanto exista un grado de conexión entre ellas, que haga posible que se dicten sentencias contradictorias. A este respecto, el artículo 10 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece que: “(…) cuando un mismo acto, hecho u omisión en perjuicio de algún derecho o garantía constitucionales afectare el interés de varias personas, conocerá de todas estas acciones el juez que hubiese prevenido, ordenándose, sin dilación procesal alguna y sin incidencias, la acumulación de autos”. Si bien la norma transcrita se refiere sólo a aquellos casos originados por un mismo hecho lesivo, y sólo difieran en las partes, ello no obsta para que, en aplicación supletoria de las normas procesales en vigor, puedan acumularse acciones de amparo, siempre que exista la posibilidad de evitar se dicten sentencias contradictorias, pues ello no es sino la aplicación de un principio básico del proceso, como lo es el de armonía procesal.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, ACUMULA la causa que cursa en el presente expediente N° 06-1304 al expediente N° 06-0432/06-0433 y ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Oscar Linares Angulo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 6.975, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos PEDRO LUIS ABREU LEAL, MARCO TULIO BÁEZ, GENARO JOSÉ BARAZARTE MEJÍA, WLADIMIR MANUEL CASANOVA LÓPEZ, MANUEL A. ESCUDERO CUETO, EMIL GREGORIO MIQUELENA GARCÍA, HENCAR JOALS ROJAS DUGARTE y AMABLE SILVA CORONADO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.541.408, 4.937.519, 3.781.369, 3.792.895, 14.185.497, 9.503.199, 11.798.679 y 2.799.996, respectivamente, contra “(…) el ciudadano SIMÓN RAMOS FARÍAS, como persona natural y como representante legal de las empresas DESARROLLOS INDUSTRIALES YERAL, C.A., INVERSIONES MURCO, C.A., INVERSIONES DORIOS, S.A., y ALMAOLISA y contra la abogada BEATRIZ VALENZUELA V., Juez Ejecutora de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán, Pampanito, Candelaria, Carache y José Felipe Márquez Cañizales del Estado Trujillo (…)”.