Sentencia N° 64 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de febrero de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0064, Exp. 18-0022, 06/02/2024
Expediente18-0022
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2024-02-06
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación en el que se solicitó la homologación del desistimiento presentado por el abogado José Luis Villegas Labrador, apoderado de la ciudadana María Eucaris Martínez de Calle. La Sala, tras revisar las actas del expediente, determinó que el desistimiento cumplía con los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil. Finalmente, se homologó el desistimiento del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
En relación a las normas transcritas supra, es pertinente citar el criterio que esta Sala ha señalado en decisiones anteriores, referido a que “…el legislador le otorga al demandante la posibilidad de desistir, como mecanismo de autocomposición procesal, siempre que no se trate de la vulneración de un derecho de orden público o que pueda afectar las buenas costumbres, y que quien actúa tenga la facultad para hacerlo” (ver - entre otras- sentencias de esta Sala núms. 1028 y 1460 del 28/06/2011 y 28/10/2013, respectivamente). Así pues, en el caso concreto, esta Sala luego de analizar el escrito presentado, así como el resto de las actas que conforman el presente expediente, ha podido verificar que el abogado José Luis Villegas Labrador, ostenta la condición de apoderado judicial de la ciudadana María Eucaris Martínez de Calle, parte apelante, y que posee la facultad para desistir del presente procedimiento. En atención a lo expuesto, visto que la solicitud presentada se encuentra dentro de los supuestos contenidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala acuerda la homologación del desistimiento del recurso de apelación propuesto. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO propuesto el 3 de agosto de 2023, por el abogado José Luis Villegas Labrador, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA EUCARIS MARTÍNEZ DE CALLE, identificada en autos.