Sentencia N° 64 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de febrero de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 64, Exp. 02-0871, 03/02/2003
Expediente02-0871
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-02-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional recibió una consulta sobre la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible una acción de amparo. La defensora pública denunció violaciones a los derechos constitucionales de su defendido, quien se encuentra detenido desde 1998 sin condena. La Sala ordena al Juzgado Primero de Juicio que informe sobre la realización del juicio oral programado para el 10 de abril de 2002, advirtiendo sobre las consecuencias de un posible desacato.
Extracto de la motiva
Para que esta Sala pueda decidir la presente consulta, necesita saber, si el juicio oral se llevó a cabo en la oportunidad establecida en el mencionado oficio No. 127/02, si se realizó en otra oportunidad, o si por el contrario, el ciudadano CRISTÓBAL DE JESÚS AVENDAÑO CUEVAS, está esperando por la realización del juicio oral. En consecuencia, esta Sala Constitucional, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA al Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, le informe, en un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la recepción del presente oficio, si el 10 de abril de 2002, se realizó como estaba previsto el juicio oral en la causa seguida al ciudadano CRISTÓBAL DE JESÚS AVENDAÑO CUEVAS, si se efectuó el juicio oral en otra oportunidad, o si por el contrario, el procesado continúa en espera de la realización del mismo.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, le informe, en un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la recepción del presente oficio, si el 10 de abril de 2002, se realizó como estaba previsto el juicio oral en la causa seguida al ciudadano CRISTÓBAL DE JESÚS AVENDAÑO CUEVAS, si se efectuó el juicio oral en otra oportunidad, o si por el contrario, el procesado continúa en espera de la realización del mismo.
Palabras clave
amparoderechos constitucionalesjuicio oraldetenciónCorte de Apelacionesmedida cautelarviolación de derechos