Sentencia N° 639 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0639, Exp. 18-0454, 20/09/2018
Expediente18-0454
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-06-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo, en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Danis Elena Pimentel Martínez. La accionante alegó un cobro confiscatorio por parte de Estacionamiento Turmero S.R.L. para la entrega de su vehículo recuperado por organismos policiales. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso corresponde a los tribunales con competencia en materia penal, dado que el vehículo fue objeto de un hecho punible.

Extracto de la motiva

Determinada como ha sido la competencia, se procede a decidir el conflicto planteado, con base en las siguientes consideraciones: De forma preliminar se observa que la accionante, en la pretensión de tutela de derechos y garantías constitucionales planteada, alega que la suma exigida por la sociedad mercantil Estacionamiento Turmero S.R.L, por concepto de resguardo de un vehículo propiedad de la víctima, hoy accionante en amparo, que fuera recuperado por fuerzas policiales, y depositado allí como medida asegurativa desde la fecha de recuperación, como requisito para su entrega, resulta “grosera y exorbitante” y “sin sustento legal”, aduciendo que esta Sala Constitucional se ha pronunciado respecto de la conducta debida por parte de este tipo de empresas que fungen como depósitos judiciales, respecto a la obligatoriedad en la entrega de los vehículos que allí se aseguren, con “la total exoneración de pagos y tarifas a que haya lugar”, por ello solicita la entrega de su vehículo retenido, de conformidad con lo ordenado por la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua como titular de la acción penal a dicha sociedad mercantil. Ahora bien, tal como razonó el segundo juzgado declinante, Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en materia de amparo, el criterio fundamental previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece que para determinar la competencia de los órganos jurisdiccionales debe analizarse la afinidad entre la materia legalmente atribuida al conocimiento de los jueces y los derechos y garantías constitucionales denunciados como vulnerados o amenazados de violación, en la jurisdicción correspondiente al lugar donde ocurrieran los hechos, actos u omisiones denunciados en amparo, adicionalmente debe analizarse el órgano del cual emana el acto, el hecho u omisión presuntamente lesivo y la esfera de las relaciones jurídicas entre los sujetos involucrados en la controversia.

Dispositiva

Por lo tanto, este Tribunal Superior a los fines de preservar la garantía constitucional del juez Natural, y atendiendo de manera esencial a aquellos elementos que informan el contenido de la presente acción de amparo constitucional, sus fundamentos y la materia en función de cuyo estudio deberá ser resuelta, estima que la competencia en primera instancia para conocer del caso de autos, corresponde al tribunal de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua cuya afinidad corresponde a la presente acción de amparo constitucional. Por lo que en mérito de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo, declara que NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por el Juez del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, mediante sentencia de fecha 12 de junio de 2018, para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL.

Palabras clave

amparo constitucionalconflicto negativo de competenciacobro confiscatoriovehículo recuperado

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