Sentencia N° 637 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de mayo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0637, Exp. 24-0849, 06/05/2025
Expediente24-0849
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-05-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo constitucional interpuesta por Haifa Idbaisi Idbis, representando a sus hijas, contra una decisión del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales debido a la suspensión de la ejecución de una sentencia de manutención dictada en favor de las menores. La Sala declaró con lugar la acción de amparo, revocando la decisión del tribunal inferior y ordenando la continuación del trámite de ejecución de la sentencia de manutención.
Extracto de la motiva
motivan la presente acción de amparo”. (Sic) Que, “[e]n el procedimiento de amparo constitucional sustanciado por la Juez encargada de las actividades del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, quien, además, es la Coordinadora de dicho Circuito, se omitieron los principios básicos de sustanciación antes señalados, que constituyen una garantía mínima del respeto de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 25 derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y a la defensa” (Corchetes de esta Sala).
Dispositiva
PRIMERO: SE DECLARA, la presente acción de amparo constitucional como un asunto de mero Derecho o de obvia violación constitucional SEGUNDO: CON LUGAR, la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano HEIBER EDGARDO ROA CAMBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de edad Nº V-7.427.826, debidamente asistido por la Abg. ANDREINA MARRELLI PALENCIA, la en el I.P.S.A bajo matricula N° 141.439, así como de la Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA RES, inscrita en el I.P.S.A bajo matricula N° 104.269, en contra del TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, sede Barquisimeto, a cargo del Juez Abg. DOUGLAS ARANGUREN. TERCERO: SE ORDENA al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, suspender la causa en fase de ejecución, hasta tanto sea resuelto el fondo de las apelaciones ejercidas en los asuntos J2-R-2024-000007 y KW02-R-2024-000008. SE ORDENA, notificar de la presente decisión al Tribunal Tercero de Primera Instancia Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Palabras clave
amparodebido procesotutela judicialniñosderechos humanosejecución de sentencia