Sentencia N° 636 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0636, Exp. 17-0365, 30/05/2023
Expediente17-0365
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-05-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo constitucional interpuesta por la abogada Inés Zulay León Yanes, en representación de Juana Francisca Rudman de Hernández, por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La acción se basaba en la alegación de violaciones a derechos constitucionales relacionados con la salud, la vida y la integridad personal, entre otros, en el contexto de un proceso de divorcio y situaciones de violencia y acoso.
Extracto de la motiva
Que “(…) no encuentro palabras para calificar lo inhumano, la decidía, la falta de compasión a un ser humano, la indolencia, la omisión, la tolerancia de maltratos, acoso, persecución y violencia en que ha incurrido el cónyuge de mi representada y no lo imputan tal como se desprende de estas actuaciones inmisericordes de la Fiscalía Octava de la Circunscripción Judicial dl (sic) Estado Aragua con sede en la Victoria (…)”. Que “con ello se rompe el principio de la igualdad procesal de las partes cuando al ciudadano GUILLERMO NICANOR HERNÁNDEZ BERNAL, se le da otra oportunidad o sea un salvavidas dentro del proceso y a mi representada se le cerraría el expediente si salía bien en el examen psicológico o sea la Fiscalía Octava actúa totalmente parcializada y de manera discriminatoria al dar preferencias en el proceso al Ciudadano GUILLERMO NICANOR HERNÁNDEZ BERNAL, lo cual formalmente denuncio en este acto por tolerar violencia y actos crueles en contra de mi representada y retardar sus actuaciones mermando la vida de mi representada (…)”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda contentiva de acción Constitucional interpuesta por la abogada Inés Zulay León Yánez antes identificada, actuando como apoderada judicial de la ciudadana Juana Francisca Rudman de Hernández.