Sentencia N° 635 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de mayo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0635, Exp. 26-0292, 27/05/2026
Expediente26-0292
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-05-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa la sentencia N° 1095 de la Sala Político Administrativa que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial venezolano para conocer de una solicitud de divorcio por desafecto. La solicitante, Marbella Muñoz Hernando, argumenta que se vulneraron sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. La Sala concluye que la decisión impugnada es susceptible de revisión constitucional y asume competencia para conocer la solicitud.
Extracto de la motiva
En el caso sub examine, esta Sala previo a pronunciarse sobre la solicitud de revisión relativa a la decisión de la regulación de jurisdicción ejercida y considerando que en el presente caso se denuncian presuntas violaciones de derechos constitucionales entre ellos, tutela judicial efectiva, debido proceso y derecho a la defensa establecidos en los artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, producto -según lo alegado por la solicitante- que la sentencia objeto de revisión al declarar que el Poder Judicial venezolano no tiene jurisdicción para conocer de una solicitud de divorcio por desafecto con la cual revoca la sentencia emitida por el Tribunal Duodécimo (12°) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en errónea interpretación del artículo 23 de la Ley de Derecho Internacional Privado. Esta Sala, en orden de salvaguardar la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, considera que es procedente la revisión de la sentencia N° 1095, ya que se ha alegado que la misma incurre en un error de interpretación que afecta derechos fundamentales de la solicitante, lo que justifica la intervención de esta Sala Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos humanos consagrados en ella.
Dispositiva
ORDENA al Juez Rector Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que recabe y REMITA la totalidad de las actuaciones efectuadas en el expediente signado con el alfanumérico AP31-F-S-2025-002017.
Palabras clave
revisión constitucionaljurisdiccióndivorcio por desafecto