Sentencia N° 635 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 0635, Exp. 17-0237, 10/08/2018
Expediente17-0237
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-10
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de protección de derechos e intereses difusos presentada por los abogados Gerardo Bello, Cristina Carbonell y Jordy Moncada contra el Presidente de CONATEL. La Sala establece que los demandantes no demostraron la legitimación necesaria para actuar en representación de un colectivo, ya que no se evidenció una afectación directa a sus derechos o a los de la población en general. Se concluye que la acción no cumple con los requisitos establecidos para la tutela de intereses difusos.
Extracto de la motiva
La Sala de conformidad con el artículo 150 cardinal 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los criterios jurisprudenciales parcialmente transcritos, estima que los ciudadanos José Simón Calzadilla Peraza, José Antonio España y José Ángel Guerra, carecen de legitimidad para interponer la presente demanda por intereses difusos, motivo por el cual se declara inadmisible la presente demanda. Así se decide…
Dispositiva
1.- Que tiene COMPETENCIA para conocer de la demanda de protección de los derechos e intereses difusos de los abogados GERARDO BELLO, CRISTINA CARBONELL y JORDY MONCADA. 2.- INADMISIBLE la referida demanda de protección de los derechos e intereses difusos. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.