Sentencia N° 633 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de marzo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 633, Exp. 10-0283, 22/06/2010
Expediente10-0283
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2010-03-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda interpuesta por Ramón Alfredo Aguilar Montaño en defensa de derechos difusos y colectivos relacionados con el juego KINO TÁCHIRA. El demandante alegó que la Lotería del Táchira cambió las condiciones de pago del premio mayor, afectando las expectativas de los jugadores. La Sala analizó la legitimidad del demandante para actuar en representación de otros jugadores, concluyendo que no existía un instrumento que validara dicha representación, lo que limitó el ejercicio de la acción.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción interpuesta, destacó que el demandante no contaba con la legitimidad necesaria para actuar en nombre de otros jugadores del KINO TÁCHIRA, ya que no se presentó evidencia que respaldara su representación. Además, se enfatizó que la acción debía ser ejercida en defensa de derechos individuales y no colectivos, dado que los intereses de los jugadores son predominantemente individuales y no constituyen un colectivo en sentido jurídico. Por lo tanto, se determinó que la modificación de las condiciones de pago del premio no vulneraba derechos colectivos, ya que no se evidenció una afectación a la calidad de vida de un grupo determinado.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por Ramón Alfredo Aguilar Montaño contra el Instituto de Beneficencia Pública y Bienestar Social del Estado Táchira (Lotería del Táchira).
Palabras clave
KINO TÁCHIRAderechos difusosLotería del Táchiraacción de amparo