Sentencia N° 631 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 631, Exp. 11-0159, 11/05/2011
Expediente11-0159
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2011-05-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta por el abogado José Alberto Urquia contra la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010. La Sala consideró que tiene competencia para conocer de la demanda y que la misma es admisible, ya que se subsanan las oscuridades del escrito original al especificar las razones de derecho por las que se sostiene la inconstitucionalidad.

Extracto de la motiva

Conforme con lo dispuesto en el artículo 336.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 25.1 de la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, le compete a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional que colidan con la Constitución de la República. Ahora bien, en esta oportunidad se interpuso demanda de nulidad por inconstitucionalidad en contra de la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010. En consecuencia, congruente con las disposiciones constitucionales y legales citadas, esta Sala Constitucional resulta competente para conocer y resolver la mencionada demanda de nulidad por inconstitucionalidad. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta por el abogado José Alberto Urquia, contra la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la gaceta oficial N° 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre 2010. SEGUNDO: ADMITE la demanda de nulidad ejercida contra la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Gaceta Oficial N° 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre 2010). TERCERO: ORDENA citar mediante oficio al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional. Asimismo, se ordena notificar a la Fiscala General de la República, a la Defensora del Pueblo y a la Procuradora General de la República, a tal fin, remítase a los aludidos funcionarios copia certificada del escrito contentivo de la demanda de nulidad y del presente auto de admisión. Igualmente, se ordena la notificación de la parte demandante. CUARTO: ORDENA emplazar a los interesados por medio de cartel. QUINTO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. SEXTO: ACUMULA la presente causa (signada con el N° 11- 0159) al expediente N° 11-0120.

Palabras clave

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