Sentencia N° 629 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de abril de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 629, Exp. 07-1356, 18/04/2008
Expediente07-1356
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2008-04-18
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados respecto a una acción de habeas data interpuesta por los ciudadanos Fidelina Alicia Evia de Daoud y Elías Daoud Said contra el Banco Occidental de Descuento S.A.C.A. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, pero finalmente declaró improcedente la acción de habeas data, argumentando que la pretensión de los accionantes no se ajustaba a derecho, ya que requería un procedimiento indagatorio en sede penal para esclarecer los hechos denunciados. La decisión se fundamentó en la necesidad de un proceso penal para determinar la veracidad de la información que se pretendía corregir.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido que le corresponde la resolución de los conflictos de competencia en materia de amparo surgida entre tribunales ordinarios o especiales sobre los cuales no existiese un tribunal superior común a ellos en el orden jerárquico. En este sentido, se establece que la acción de habeas data es un mecanismo constitucional que permite a los ciudadanos acceder a la información que les concierne y solicitar su rectificación o eliminación si resulta errónea o lesiva. Sin embargo, en el presente caso, la Sala concluyó que la acción de habeas data no era el medio adecuado para resolver la controversia planteada, ya que la solicitud de los accionantes implicaba la necesidad de un procedimiento penal para esclarecer los hechos denunciados, lo que excede el ámbito de la acción de habeas data.

Dispositiva

PRIMERO.- COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el Juzgado Cuadragésimo Primero de Control de esa Circunscripción Judicial. SEGUNDO.- COMPETENTE para conocer de la acción de habeas data interpuesta por los ciudadanos Fidelina Alicia Evia y Elías Daoud Said contra el Banco Occidental de Descuento S.A.C.A. TERCERO.- IMPROCEDENTE la acción de habeas data interpuesta por los ciudadanos Fidelina Alicia Evia y Elías Daoud Said contra el Banco Occidental de Descuento S.A.C.A.

Palabras clave

habeas dataconflicto de competenciaderechos constitucionalesacceso a la informaciónrectificación de datosprocedimiento penalBanco Occidental de Descuentoacción constitucional

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