Sentencia N° 628 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de marzo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 628, Exp. 02-2540, 31/03/2003
Expediente02-2540
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-03-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo interpuesta por William Enrique Daza Niño contra medidas cautelares. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira había declarado inadmisible la acción, argumentando que ya se había tramitado una apelación relacionada. La Sala observa que no se remitió prueba de la tramitación de dicha apelación, lo que impide un pronunciamiento sobre el fondo del asunto. Se ordena al juzgado que remita la prueba correspondiente en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

Ahora bien, se observa que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira al enviar las actas, a los fines de que esta Sala conozca de la apelación que interpuso el quejoso contra la inadmisibilidad de la presente acción, no remitió copia certificada de algún medio probatorio que demostrase la tramitación de la apelación interpuesta en el proceso penal, circunstancia que es imprescindible para que esta Sala pueda emitir pronunciamiento respecto al fondo del asunto.

Dispositiva

Por tanto, esta Sala, a los fines de decidir sobre la apelación interpuesta contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró inadmisible la presente acción, ordena a dicho juzgado que, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas más nueve (9) días del término de la distancia, contados a partir de su notificación, remita copia certificada de algún medio probatorio que evidencia la tramitación de la apelación interpuesta por el ciudadano William Enrique Daza Niño o, en su defecto, de la decisión que se dictó en dicha incidencia.

Palabras clave

amparoapelaciónmedidas cautelaresderechos constitucionalesinadmisibilidadCorte de Apelacionesproceso penal

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