Sentencia N° 628 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 628, Exp. 01-1394, 26/03/2002
Expediente01-1394
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-03-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por Yacellys Valera en defensa de Yandi Coromoto Yépez Pelayo, quien fue privado de libertad por orden de la Fiscal Tercera y el Juez de Control. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible la acción de amparo por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala Constitucional confirmó esta decisión, argumentando que la accionante no subsanó los vicios señalados en su escrito inicial y no cumplió con los requisitos legales necesarios para la admisión de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Por los argumentos anteriormente expuestos, esta Sala Constitucional considera que, en el presente caso, lo ajustado a derecho es declarar inadmisible la acción de amparo propuesta, como la declaró la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, razón por la cual se confirma en los términos aquí expuestos la sentencia consultada, y así se decide.
Dispositiva
CONFIRMA en los términos aquí expuestos, la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, del 14 de junio de 2001, donde se declaró inadmisible la acción de amparo ejercida por la abogada YACELLYS VALERA, actuando como defensora del ciudadano YANDI COROMOTO YÉPEZ PELAYO, contra la Fiscal Tercera del Ministerio Público y el Juez de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, por decretar mediante auto del 4 de junio de 2001, la privación judicial de libertad del mencionado ciudadano.
Palabras clave
amparoprivación de libertaddebido procesopresunción de inocenciaCorte de Apelacionesacción de amparoderechos constitucionales