Sentencia N° 627 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0627, Exp. 22-0165, 30/05/2023
Expediente22-0165
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-05-30
DecisiónHA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó el fallo del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, que había declarado sin lugar un recurso de apelación interpuesto por Tiberio Faneca y María Isilda Marques de Faneca contra la sentencia de desalojo de un local comercial. La Sala determinó que el Juzgado había vulnerado el debido proceso y la tutela judicial efectiva al no considerar la prórroga legal arrendaticia y al imponer requisitos no pactados en el contrato de arrendamiento. En consecuencia, se anuló la sentencia recurrida y se ordenó que otro Juzgado Superior se pronuncie nuevamente sobre el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Encontrándose esta instancia, en la oportunidad procesal correspondiente para producir la presente decisión, en atención al recurso de apelación propuesto, esta Juzgadora estima sobre la base de los motivos expuestos por el recurrente, la motivación de la decisión apelada, los hechos invocados y las pruebas aportadas por las partes, realizar en forma pertinente las siguientes consideraciones: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 15 En el presente caso el accionante alega que la parte accionada está inmersa en la causal de desalojo por el vencimiento del contrato de arrendamiento, y el de su prórroga legal; así como la falta de pago de los meses de enero a junio de 2018; frente a ello la accionada aduce, que efectivamente existe una relación arrendaticia, la cual comenzó a transcurrir desde el 01 de junio de 2005 al 01 de junio de 2015, sin que haya mediado notificación alguna expresando su voluntad de no renovar el contrato y siguió recibiendo a su total y entera satisfacción los cánones de arrendamie
Dispositiva
1.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional ejercida por el abogado Lucindo Alejandro Pérez Castillo, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Tiberio Faneca y María Isilda Marques de Faneca, ya identificados, del fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 14 de julio de 2021. 2.- Se ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 14 de julio de 2021. 3.- Se REPONE la causa al estado en que otro Juzgado Superior Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua que resulte competente por distribución, se pronuncie de nuevo sobre el recurso de apelación ejercido el 10 de diciembre de 2019.