Sentencia N° 626 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 626, Exp. 12-1071, 30/05/2013
Expediente12-1071
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Filiberto Darias Acevedo contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que declaró improcedente la acción de amparo constitucional. La Sala consideró que la apelación carecía de fundamento fáctico y que las decisiones del Juzgado de Primera Instancia no lesionaban los derechos constitucionales del accionante. En consecuencia, se confirmó la decisión apelada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano Filiberto Darias Acevedo, contra la sentencia dictada, el 27 de agosto de 2012, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; y, en consecuencia, SE CONFIRMA la referida decisión mediante la cual se declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano Filiberto Darias Acevedo, contra la sentencia dictada, el 27 de agosto de 2012, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; y, en consecuencia, SE CONFIRMA la referida decisión mediante la cual se declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta.

Palabras clave

apelaciónamparoderechosviolenciajurisdicciónsentencia

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