Sentencia N° 625 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de abril de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 625, Exp. 04-0202, 22/04/2004
Expediente04-0202
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por José Benito Cagigal Ramón contra Antonio Augusto Carvalhais Novo, alegando violaciones a sus derechos al trabajo y a la propiedad. La Sala determinó que el conflicto de competencia surgido entre dos juzgados debía ser resuelto por ella, dada la naturaleza de los derechos vulnerados y la falta de un tribunal superior común. Finalmente, se declaró la competencia de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Mercantil para conocer la demanda de amparo y se ordenó la remisión del expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

Del escrito de demanda se desprende que el demandante incoó amparo constitucional contra el ciudadano Antonio Augusto Carvalhais Novo, por cuanto éste, supuestamente, le vulneró sus derechos al trabajo y a la propiedad; así mismo, denunció apropiación indebida de parte del referido ciudadano y la comisión de los hechos punibles que tipifican los artículos 176, 192 y 271 del Código Penal, debido a que le impidió el acceso a su lugar de trabajo y a su propiedad cuando cambió las cerraduras de las puertas de su oficina y, de igual manera, le impidió el despacho de mercancías, el cobro de facturas y ordenó, tanto al personal, como a los deudores, que el monto de las facturas que se adeudaran ingresaran a su cuenta personal. Corresponde entonces a esta Sala la determinación del Juzgado con competencia para el conocimiento de dicha demanda, con base en la materia afín con el asunto que fue planteado, afinidad que, en definitiva, determina el nexo de derecho que califique la situación jurídica en cuestión. Ahora bien, se observa que el recurrente en amparo denunció la vulneración de varios derechos y disposiciones normativas cuya naturaleza inclinaría su conocimiento a la competencia de distintos Juzgados; por un lado, denunció la violación del derecho al trabajo, cuyo conocimiento, desde luego, correspondería a un juzgado laboral; por el otro, denunció la vulneración del derecho a la propiedad, que competería a un juzgado civil; y, por último, denunció la “violación” de los artículos 176, 192, 271 y 468 del Código Penal, los cuales tipifican ciertos supuestos fácticos como hechos punibles, cuyo conocimiento corresponde a un juzgado penal. Sin embargo, como ya ha expresado esta Sala Constitucional, la calificación jurídica que haga el peticionante de amparo no es obligatoria para el juzgador constitucional, quien, en virtud del principio iura novit curia, deberá hacer la calificación técnica correspondiente, en atención a los alegatos fácticos que hubieren sido hechos en la demanda.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la COMPETENCIA de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para el conocimiento de la demanda de amparo que interpuso el ciudadano JOSE BENITO CAGIGAL RAMÓN contra el ciudadano Antonio Augusto Carvalhais Novo y ordena la remisión del expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Mercantil de dicha Circunscripción Judicial para la distribución correspondiente. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a dicho Juzgado Distribuidor, así como copia de esta decisión al Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia con Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho al trabajoderecho de propiedadapropiación indebidaconflicto de competenciajurisdicción constitucionalCódigo Penalrelación mercantil

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