Sentencia N° 624 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 624, Exp. 17-0595, 11/08/2017
Expediente17-0595
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónProcedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Héctor León Escalona González, quien actúa en su propio nombre, contra la sentencia del 2 de mayo de 2017 del Juzgado Primero Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Yaracuy. La Sala anula dicha sentencia y ordena dictar una nueva, argumentando que la decisión del tribunal inferior vulneró derechos constitucionales al oír en ambos efectos un recurso de apelación en fase de ejecución, lo que transgrede el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el procedimiento de amparo constitucional, en aras de la celeridad, inmediatez, urgencia y gravedad del derecho constitucional infringido debe ser distinto, cuando se discute un punto netamente jurídico que no necesita ser complementado por algún medio probatorio ni requiere de un alegato nuevo para decidir la controversia constitucional. En estos casos, a juicio de la Sala, no es necesario celebrar la audiencia oral, toda vez que lo alegado con la solicitud del amparo y lo aportado con la consignación del documento fundamental en el momento en que se incoa la demanda, es suficiente para resolver el amparo en forma inmediata y definitiva.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional intentada por el abogado HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, quien actúa en su propio nombre, en consecuencia, SE ANULA la sentencia del 2 de mayo de 2017, proferida por el Juzgado Primero Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en la que se declaró con lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada en el proceso en el que se instruye la demanda de partición de un bien inmueble intentada por el mencionado abogado contra el ciudadano José Gregorio Ramírez Figueira y se ORDENA dictar una nueva sentencia al juzgado superior que resulte designado previa distribución de la causa.

Palabras clave

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