Sentencia N° 623 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0623, Exp. 18-0722, 11/11/2021
Expediente18-0722
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de noviembre de 2021, declaró sin lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento en representación de Pedro Gonzalo Guerrero Cadavid. La solicitud se fundamentaba en la alegación de que Guerrero había admitido culpabilidad bajo coacción y amenazas, lo que constituiría un hecho nuevo que justificaría la revisión de su condena por homicidio calificado.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Conoce la Sala de la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Pedro Gonzalo Guerrero Cadavid, de la decisión dictada el 6 de septiembre de 2018, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de revisión contemplado en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por la defensa del referido ciudadano contra la sentencia definitiva emitida el 13 de mayo de 2011, por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que lo condenó por el procedimiento de admisión de los hechos a cumplir la pena de veintinueve (29) años de prisión por la comisión del delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía. Ello así, la Sala ratifica que en su sentencia Nº 93 del 6 de febrero de 2001 (caso: “Corpoturismo”), señaló que la facultad de revisión es “(…) una potestad estrictamente excepcional, extraordinaria y discrecional (…)”; por ello, “(…) en lo que respecta a la admisibilidad de tales solicitudes de revisión extraordinaria esta
Dispositiva
Se declara COMPETENTE y NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional ejercida por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano PEDRO GONZALO GUERRERO CADAVID, de la decisión dictada el 6 de septiembre de 2018.