Sentencia N° 622 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 622, Exp. 17-0554, 11/08/2017
Expediente17-0554
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Manuel Rojas en representación de Milagros Leonor Contreras, contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación del poder que acredite la representación del abogado, lo que constituye un requisito esencial para la admisibilidad de la demanda. La Sala resalta la importancia de cumplir con las cargas procesales establecidas por la ley para garantizar la seguridad jurídica en los procedimientos judiciales.
Extracto de la motiva
Al evidenciarse en autos que en el presente asunto no se cumplió con la carga procesal de acompañar poder suficiente y eficaz que acredite la condición de apoderado judicial de quien se afirma actuar en nombre y representación de la ciudadana aquí identificada como presunta agraviada, debe esta Sala Constitucional, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declarar inadmisible la demanda de amparo propuesta, resultando por ello inoficioso emitir pronunciamiento respecto al requerimiento cautelar formulado por la accionante. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el abogado Manuel Rojas, quien afirmó actuar como apoderado judicial de la ciudadana MILAGROS LEONOR CONTRERAS, contra la sentencia proferida en fecha 7 de abril de 2017 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en el juicio contentivo de la acción mero declarativa de unión concubinaria intentada por la hoy quejosa contra el ciudadano Carlos Manuel Dinis Guerra.