Sentencia N° 620 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de abril de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 620, Exp. 07-0208, 11/04/2007
Expediente07-0208
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-04-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por los abogados de Erasmo José Martínez Palacios, quien había solicitado un amparo constitucional tras la orden de encarcelación dictada por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. La Corte de Apelaciones había declarado improcedente la acción de amparo, lo que motivó la apelación ante el TSJ. La Sala concluyó que la acción de amparo era inadmisible por no haberse agotado los recursos ordinarios previos, como el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

Determinada la competencia, esta Sala observa que la parte actora no esgrimió fundamento alguno en el recurso de apelación intentado contra la decisión dictada el 19 de enero de 2007, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, por lo que este alto Tribunal resolverá la presente acción, tomando en cuenta lo señalado en la solicitud de amparo. Así pues, de acuerdo con las actas que conforman el expediente se observa que la acción de amparo constitucional se interpuso contra el auto dictado, el 17 de mayo de 2006, por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, que ordenó la encarcelación del ciudadano Erasmo José Martínez Palacios, quien, a juicio de la parte actora, ya había cumplido la pena que le fue impuesta por la comisión del delito de homicidio. En efecto, sostuvo la parte actora que le fueron cercenados los derechos fundamentales al ciudadano Erasmo José Martínez Palacios, específicamente, los derechos a la libertad personal, al debido proceso y a la defensa, toda vez que el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, sin motivación jurídica y extralimitándose en su competencia, ordenó la encarcelación del referido ciudadano, quien se percató de ese hecho cuando se proponía salir del país.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por los abogados Alejandro Quintero Polanco y Ana Karina Guzmán. SEGUNDO: REVOCA, por la razones expuestas en el presente fallo, la decisión dictada el 19 de enero de 2007, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, que declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por los apoderados judiciales de Erasmo José Martínez Palacios. TERCERO: INADMISIBLE la demanda de amparo, conforme lo señala el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la libertaddebido procesodefensaorden de aprehensiónCorte de ApelacionesTribunal de Ejecucióninadmibilidad

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