Sentencia N° 619 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0619, Exp. 21-0817, 16/08/2022
Expediente21-0817
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Eduardo Enrique Bernal Barillas, en representación de las ciudadanas Franca Filomena Battaglino y Carmela Battaglino Ventrone, así como de la sociedad mercantil Inversiones Libera 41, C.A. La acción busca impugnar una decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró parcialmente con lugar un recurso de apelación y una demanda por retracto legal arrendaticio. La Sala determina que la acción fue presentada fuera del lapso legal establecido, lo que conlleva a su inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

En consecuencia, vista la falta de interés y premura de la parte presuntamente afectada, y visto que en el presente caso no se ve afectado el orden público ni las buenas costumbres, resulta forzoso para esta Sala Constitucional declarar inadmisible la presente acción de amparo constitucional de conformidad con el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide. Por otra parte, se hace necesario señalar lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 eiusdem que cita: "Artículo 6. No se admitirá acción de amparo: (…Omissis…) 5) Cuando el agraviado haya optado por recurrir a las vías judiciales ordinarias o hecho uso de los medios judiciales preexistentes". Asimismo, se reitera que la acción de amparo constitucional, constituye una vía extraordinaria que opera como mecanismo procesal de control ante transgresiones graves y directas a los derechos y garantías fundamentales consagrados en la Constitución, con el objeto de lograr el restablecimiento de la situación jurídica infringida, sólo en aquellos casos en los cuales el ordenamiento jurídico no disponga de un medio procesal adecuado y eficaz para lograr la restitución de los derechos y garantías invocados como lesionados.

Dispositiva

Se declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional, de conformidad con el numeral 4 y 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparoinadmisionderechosgarantiasconstitucionalesjurisprudencia

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