Sentencia N° 618 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 618, Exp. 17-0441, 11/08/2017
Expediente17-0441
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 11 de agosto de 2017, declaró improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil TECNIAUTO, C.A. contra un auto del Juzgado Primero Superior del Trabajo que declaró firme una sentencia anterior. La Sala consideró que la parte accionante no había demostrado la violación de sus derechos a la defensa y al debido proceso, ya que se había cumplido con los lapsos legales establecidos para la interposición de recursos.

Extracto de la motiva

La presente acción de Amparo Constitucional se circunscribe al auto dictado por el Tribunal Primero (1°) Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de marzo de 2017, por cuanto el auto en cuestión violenta flagrantemente los derechos de [su] representada consagrados en la constitución (sic) ya que en el mismo se puede evidenciar claramente que no se dejó transcurrir los lapsos de ley establecidos en la Normativa (sic) vigente y en diversas sentencias de la Sala de Casación Social que señalaron como deben transcurrir los lapsos a los fines de garantizar el derecho a la defensa y la seguridad jurídica de los justiciables, dicha omisión del señalado lapso le produce a [su] representada un estado de indefensión ya que le limita a ejercer los recursos legales correspondientes según la ley.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional intentada por la representación judicial de la sociedad mercantil TECNIAUTO, C.A., contra el auto proferido, el 6 de marzo de 2017, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso en el que se instruyó la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias de índole laboral intentada por el ciudadano Larry José Sánchez Morales contra la referida sociedad de comercio.

Palabras clave

amparoderechosdebido procesodefensajurisdicciónlaboral

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