Sentencia N° 615 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de abril de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 615, Exp. 06-1761, 10/04/2007
Expediente06-1761
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-04-10
DecisiónAdmite el recurso de colisión incoado.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de colisión de leyes interpuesto por el Alcalde del Municipio San Cristóbal, en relación a la Ordenanza del Instituto Autónomo Municipal Feria Internacional de San Sebastián y Artesanía Municipal. La Sala analizó la competencia del Concejo Municipal y la posible usurpación de funciones del Alcalde, así como la legalidad de la ordenanza impugnada. Finalmente, se decidió admitir el recurso y se negó la solicitud de medida cautelar.
Extracto de la motiva
La Sala observa que los razonamientos que informan el mismo están dirigidos a impugnar la Ordenanza del Instituto Autónomo Municipal Feria Internacional de San Sebastián y Artesanía Municipal (IAMFISS), sancionada por el Concejo Municipal de San Cristóbal el 9 de agosto de 2006, promulgada y publicada el 5 de septiembre de 2006 en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 061, del referido Municipio. Desde la perspectiva de un análisis preliminar, esta Sala resultaría competente para conocer de la nulidad del acto impugnado, conforme lo establece el cardinal 2 del artículo 336 de la Carta Magna, cuando atribuye a la Sala Constitucional 'Declarar la nulidad total o parcial de las Constituciones y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los Estados y Municipios dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución y que colidan con ella'. Así mismo, el cardinal 7 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone similar competencia en cuanto a la nulidad de ordenanzas municipales. Ahora bien, el problema radica en que del contenido del recurso planteado, se evidencia que su argumentación está dirigida al planteamiento de una posible colisión entre dos cuerpos normativos como lo serían la referida ordenanza y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal o a la supuesta controversia constitucional surgida entre la rama ejecutiva y legislativa municipal.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer del recurso de colisión de leyes incoado por la abogada Lorena Josefina Viera Trejo, actuando en su carácter de apoderada judicial del ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA ciudadano William Gerardo Méndez Guerrero, de la Ordenanza del Instituto Autónomo Municipal Feria Internacional de San Sebastián y Artesanía Municipal (IAMFISS), sancionada por el Concejo Municipal de San Cristóbal el 9 de agosto de 2006, promulgada y publicada el 5 de septiembre de 2006, en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 061, con la Ley Orgánica del poder Público Municipal. 2.- ADMITE el recurso de colisión incoado. 3.- NIEGA la solicitud de medida cautelar formulada en el presente recurso. 4.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación del recurso conforme al procedimiento establecido en la sentencia Nº 889, del 31 de mayo de 2001, caso: Carlos Brender.
Palabras clave
nulidadordenanzacompetenciaalcaldíaconcejo municipalderecho administrativoparticipación ciudadanacolisión de leyes