Sentencia N° 613 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de abril de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 613, Exp. 04-3311, 22/04/2005
Expediente04-3311
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por MÉDICOS UNIDOS LOS JABILLOS C.A. contra la sentencia N° 1.166 de la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar un recurso de hecho. La Sala consideró que no existían violaciones a principios jurídicos fundamentales y que la decisión de la Sala de Casación Civil se ajustaba a la jurisprudencia establecida. Se destacó que la revisión no constituye una tercera instancia, sino una potestad extraordinaria para garantizar la uniformidad de criterios constitucionales.

Extracto de la motiva

La revisión no constituye una tercera instancia, ni un recurso ordinario que opere como un medio de defensa ante la configuración de pretendidas violaciones, sino una potestad extraordinaria y excepcional de esta Sala Constitucional cuya finalidad es el mantenimiento de la homogeneidad de los criterios constitucionales en resguardo de la garantía de la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, lo cual reafirma la seguridad jurídica.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional formulada por el abogado Jaime Alberto Coronado, con el carácter de apoderado judicial de MÉDICOS UNIDOS LOS JABILLOS C.A. (POLICLÍNICA MÉNDEZ GIMÓN), antes identificada, contra la sentencia N° 1.166 del 30 de septiembre de 2004, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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