Sentencia N° 612 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 612, Exp. 12-0924, 28/05/2013
Expediente12-0924
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-28
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 00533 de la Sala Político Administrativa, que había declarado con lugar un recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra BAR RESTAURANT EL CARRUAJE, C.A. La controversia se centró en la interpretación de normas relacionadas con la imposición de sanciones tributarias y la aplicación de principios constitucionales como la irretroactividad de la ley y la tutela judicial efectiva. La Sala Constitucional concluyó que la decisión de la Sala Político Administrativa se ajustaba a derecho y no vulneraba los derechos alegados por la solicitante.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la decisión objeto de la presente revisión no incurre en vulneración de los derechos alegados por la solicitante ni en contradicción de principios constitucionales. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional solicitada por los abogados José Efraín Castillo Tabare y Juan José Plasencia Quintero, actuando con el carácter de apoderados judiciales de BAR RESTAURANT EL CARRUAJE, C.A., contra la sentencia n.° 00533, dictada por la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal el 26 de abril de 2011, y publicada el 27 del mismo mes y año, mediante la cual declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva n.° 440 del 17 de diciembre de 2007, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el hoy solicitante contra el acto administrativo contenido en la Resolución: GRTI-RCE-DJT-ARA-2006-693-156 del 17 de mayo de 2006 por medio del cual la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ratificó en todas y cada una de sus partes el reparo fiscal impuesto a la mencionada contribuyente a través de la Resolución de Imposición de Sanción distinguida con el alfanumérico GRTI-RCE-DFD-2005-03-DF-PEC-178, emitida el 02 de mayo de 2005, y que, en consecuencia: revocó el fallo apelado y declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto.