Sentencia N° 611 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 611, Exp. 16-0024, 11/08/2017
Expediente16-0024
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de ampliación del fallo presentada por la ciudadana Xiomara Guillermina Freites de Angulo, debido a que fue solicitada fuera del lapso establecido por el Código de Procedimiento Civil. La solicitud se realizó seis meses después de la publicación del fallo original, lo que la hizo extemporánea. La Sala recordó que la figura de la ampliación no puede cuestionar la sentencia, sino que debe limitarse a aclarar puntos dudosos o rectificar errores materiales.

Extracto de la motiva

Considera esta Sala que la norma parcialmente transcrita, así como la citada jurisprudencia, la cual, además de estar vigente es reiterada y pacífica, no dejan lugar a dudas respecto de la oportunidad para efectuar la solicitud de aclaratoria o ampliación de sentencia, estableciéndose al efecto que ésta deberá hacerse en el mismo día de su publicación o en el día siguiente. Ahora bien, en el caso de autos se observa que la solicitante, mediante escrito del 20 de diciembre de 2016, solicitó la ampliación del fallo emitido por esta Sala el 8 de junio de 2016, por lo que es absolutamente evidente que la misma fue efectuada fuera del lapso previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no fue presentada ni el día de la publicación del fallo ni el día siguiente, sino luego de transcurridos seis (6) meses, a pesar de que consta en autos que la representación judicial de la solicitante de revisión se encontraba en cuenta de la decisión cuya aclaratoria hoy se peticiona, pues el día 23 de noviembre de 2016, solicitó copias certificadas de la decisión en cuestión; en consecuencia al haberse solicitado la aclaratoria en forma extemporánea por tardía, se determina indefectiblemente su inadmisibilidad.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por extemporánea la solicitud de ampliación del fallo presentada por el abogado Luis de Jesús Valor, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana XIOMARA GUILLERMINA FREITES DE ANGULO. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

ampliacióninadmisibilidadcódigo de procedimiento civilsentenciajusticiatribunal supremo

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