Sentencia N° 611 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 611, Exp. 10-0068, 10/06/2010
Expediente10-0068
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-06-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
El ciudadano Facundo Antonio Pérez Rodríguez interpuso una demanda de amparo constitucional contra el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Estado Vargas, alegando la vulneración de su derecho al acceso a la justicia al no recibir verbalmente su recurso de casación. El Juzgado Superior declaró improcedente la demanda, lo que llevó al apelante a recurrir ante la Sala Constitucional del TSJ. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que no existía prueba de la supuesta negativa y que la decisión de segunda instancia no era susceptible de casación por la cuantía del caso.
Extracto de la motiva
El ciudadano Facundo Antonio Pérez Rodríguez, con la asistencia del abogado Boris Portugal Lanza, intentó, ante el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, demanda de amparo constitucional contra el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la misma Circunscripción Judicial, por cuanto estimó que su actuación le vulneró el derecho al acceso a los órganos de justicia, ya que dicho Juzgado le negó “verbalmente” la recepción del recurso extraordinario de casación que pretendía anunciar contra la decisión definitiva de segunda instancia en la que se le condenó a la entrega del inmueble que ocupa en condición de arrendatario. El Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, que conoció en primera instancia constitucional, declaró improcedente in limine litis la pretensión de tutela constitucional porque comprobó que no existía vulneración al derecho constitucional que se delató como injuriado. El quejoso circunscribió su demanda de protección constitucional al hecho de que le fue negado “verbalmente” el recurso de casación que pretendía anunciar contra la sentencia de última instancia que emitió el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, que conoció en apelación de la decisión definitiva que pronunció el Juzgado Cuarto de Municipio de la misma Circunscripción Judicial, con ocasión del juicio que, por cumplimiento de contrato de arrendamiento, inició el ciudadano Facundo Antonio Pérez Rodríguez (hoy quejoso) contra la ciudadana Gloris Danglades Cova, quien a su vez reconvino la demanda y pidió la resolución del contrato de arrendamiento.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación y CONFIRMA el fallo que pronunció el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 9 de diciembre de 2009, que declaró IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la demanda de amparo constitucional que interpuso el ciudadano FACUNDO ANTONIO PÉREZ RODRÍGUEZ contra el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la misma Circunscripción Judicial.