Sentencia N° 610 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de julio de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 610, Exp. 16-0116, 12/07/2016
Expediente16-0116
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-07-12
DecisiónADMITE el recurso de nulidad ejercido.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de nulidad interpuesto por MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. de Seguros contra los artículos 116, 117 y 119 de la Reforma de Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio Maturín. Los abogados de la empresa argumentaron que la ordenanza violaba principios constitucionales, incluyendo la no retroactividad y la seguridad jurídica, al exigir declaraciones sustitutivas por errores atribuibles a la administración tributaria municipal. La Sala, al analizar el caso, determinó su competencia para conocer del recurso y admitió la acción, ordenando las notificaciones pertinentes a las autoridades involucradas. Además, se negó la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, argumentando que no se evidenció un riesgo de daños de difícil reparación que justificara tal medida. Finalmente, la Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para continuar con el procedimiento correspondiente.

Extracto de la motiva

Admitida la pretensión de nulidad, esta Sala observa que la parte recurrente, con basamento en lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitó que se dictara medida cautelar para que se suspendieran los efectos de los artículos 116, 117 y 119 de la Reforma de Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar del Municipio Maturín del Estado Monagas.

Dispositiva

1.- Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad con medida cautelar interpuesto por los abogados Alberto Blanco-Uribe Quintero y Carlos La Marca Erazo, actuando en su carácter de apoderados judiciales de MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE SEGUROS, contra los artículos 116, 117 y 119 de la Reforma de Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar del Municipio Maturín del Estado Monagas y publicada en la Gaceta Oficial de ese Municipio N° 0086 del 21 de diciembre de 2012. 2.- ADMITE el recurso de nulidad ejercido. 3.- ORDENA citar al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Maturín del Estado Monagas. 4.- ORDENA notificar a la parte recurrente, a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República y a la Defensoría del Pueblo. 5.- EMPLÁCESE a los terceros interesados. 6.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación del procedimiento. 7.- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada.

Palabras clave

nulidadimpuestoordenanzamedida cautelarmunicipioactividades económicas

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