Sentencia N° 609 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0609, Exp. 16-0847, 10/08/2018
Expediente16-0847
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2018-08-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 16-0847, resolvió la acción de amparo interpuesta por varios ciudadanos contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. La decisión del Juzgado Superior Agrario de declarar la nulidad del acto administrativo fue confirmada, y se ordenó la reposición del procedimiento administrativo correspondiente. Además, se mantuvieron medidas cautelares para proteger la actividad agrícola de los demandantes mientras se sustancia el procedimiento administrativo. La Sala destacó la importancia de garantizar los derechos de propiedad y el debido proceso en el contexto agrario.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, consideró que la decisión del Juzgado Superior Agrario de anular el acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras era procedente, dado que no se respetaron las garantías constitucionales de los demandantes. Se enfatizó que el procedimiento administrativo no cumplió con los requisitos legales establecidos, lo que conllevó a la nulidad del acto. La Sala también subrayó la necesidad de proteger la actividad agrícola de los ciudadanos demandantes, quienes alegaron ser legítimos propietarios de las tierras en cuestión, y ordenó la reposición del procedimiento administrativo para garantizar el respeto a sus derechos.

Dispositiva

1.- RECONDUCE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jonny José Linares Aldana, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RUBEN DARÍO LUBO TRENTS, MAYRI CAROLINA LUBO TRENTS, RAFAEL SEGUNDO GÓMEZ, JOSÉ CIPRIANO LEÓN VERA Y EDDY ENRIQUE BALLESTEROS CASTILLO, conjuntamente con medida cautelar contra la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, de fecha 18 de diciembre de 2009, a solicitud de revisión constitucional de la sentencia n° 1478 del 17 de octubre de 2014 de la Sala de Casación Social de este Alto Tribunal, la cual se ADMITE. 2.- ORDENA a la Secretaría de esta Sala fije una audiencia pública oral, a llevarse a cabo ante esta Sala Constitucional, determinando día y hora, una vez que consten las notificaciones de las partes involucradas en este asunto y del Ministerio Público, las cuales se harán de acuerdo con lo establecido en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- Se ACUERDA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN de los efectos de la sentencia n° 1478 del 17 de octubre de 2014 de la Sala de Casación Social de este Alto Tribunal y, en consecuencia, SE MANTIENEN VIGENTES los efectos jurídicos del acto administrativo denominado providencia administrativa sesión 20-01 de fecha 07 de agosto de 2001, dictado por el Instituto Agrario Nacional (hoy Instituto Nacional de Tierras). 6.- Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala remita copia certificada de la presente decisión y del libelo adjunto a la notificaciones ordenadas.

Palabras clave

amparotierrasagriculturaderechos de propiedaddebido proceso

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