Sentencia N° 607 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 607, Exp. 07-0098, 09/04/2007
Expediente07-0098
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-04-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por las ciudadanas Nivia Rosa Gutiérrez Bohórquez, Ingrid Mercedes Ariza y Luzmarina Del Valle, contra la omisión de pronunciamiento de la Sala de Casación Penal. Las accionantes alegaron la violación de sus derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva debido a la falta de respuesta de la Sala de Casación Penal sobre solicitudes de avocamiento y radicación de un juicio principal. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que no se admiten recursos contra omisiones del Tribunal Supremo de Justicia, lo que llevó a la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo no fue interpuesta contra una decisión de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, sino contra una omisión de ésta, tal como se indicara supra. En tal sentido, esta Sala considera necesario precisar que, así como no cabe recurso alguno contra las decisiones del más alto Tribunal por ser el Máximo Tribunal en la jerarquía jurisdiccional, con la sola excepción de la solicitud de revisión, debe entenderse e interpretarse, por analogía, que contra las omisiones o falta de pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia, en cualquiera de sus Salas tampoco se admitirá u oirá recurso alguno, con la salvedad de la excepción predicha, a tenor de lo previsto en las normas aludidas, puesto que no existe ningún tribunal de mayor jerarquía que pueda conocer de aquéllos.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por las ciudadana Nivia Rosa Gutiérrez Bohórquez, Ingrid Mercedes Ariza y Luzmarina Del Valle, asistidas por la abogada Leslis Moronta López, contra la conducta omisiva de la Sala de Casación Penal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
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