Sentencia N° 605 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 605, Exp. 09-0711, 10/06/2010
Expediente09-0711
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-06-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Antonio José Rodríguez García contra la decisión del Juzgado Superior Civil, que había declarado improcedente su pretensión de amparo constitucional. El demandante alegó violaciones a sus derechos constitucionales en el contexto de un juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento. La Sala concluyó que no se comprobó la existencia de violaciones a derechos fundamentales y que la decisión del Juzgado de Primera Instancia se ajustó a derecho, confirmando así el veredicto apelado.

Extracto de la motiva

Una vez que se efectuó el estudio individual del expediente, esta Sala pasa a decidir, luego de la formulación de las siguientes consideraciones: 1. El pronunciamiento objeto del recurso de autos fue expedido por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 5 de junio de 2009; la parte actora apeló el 10 del mismo mes y año, esto es, al tercer día hábil del lapso para el ejercicio del recurso de apelación, tal como lo dispone el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que el recurso se oyó adecuadamente. Así se declara. 2. En cuanto a la pretensión de tutela constitucional que incoó el ciudadano Antonio José Rodríguez García, se observa: El pretensor del amparo de autos afincó su pretensión en la violación a sus derechos a la igualdad, a la tutela judicial eficaz, al debido proceso y al trabajo que acogieron los artículos 21, 26, 49 y 87 y siguientes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que supuestamente le habría causado el acto decisorio que emitió el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 3 de febrero de 2009, en el juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento e indemnización de daños y perjuicios que interpuso el ciudadano José Ángel Sánchez Quiroz en su contra, en virtud de que lo condenó en la entrega de un inmueble de su propiedad, y desechó las pruebas que promovió y de las cuales se desprendía que “el inmueble fue construido con dinero del peculio de (su) mandante y a sus solas expensas y que está ubicado en un área común de la Urbanización, como lo explican los testigos y propietarios del mismo. Así mismo se extralimita más aún cuando condena a (su) mandante a cancelar la cantidad de Cuatro Mil Seiscientos Veinte Bolívares Fuertes (Bs F 4.620,00) por concepto de indemnización de Daños y Perjuicios, cuando esta es una acción excluyente de la demanda ya que se debe llevar en una acción separada.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación que se propuso contra el acto de juzgamiento que expidió, el 5 de junio de 2009, el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el cual declaró IMPROCEDENTE la pretensión de tutela constitucional que incoó el ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA contra la decisión que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 3 de febrero de 2009, en el juicio por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios que intentó el ciudadano José Ángel Sánchez Quiroz en su contra. En consecuencia, se CONFIRMA el veredicto objeto de apelación. No hay condenatoria al pago de las costas por la naturaleza de la decisión.

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