Sentencia N° 605 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 605, Exp. 02-0868, 20/03/2006
Expediente02-0868
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Mercedes Alvarado Herrera contra la omisión de pronunciamiento de un tribunal inferior respecto a medidas cautelares. La demandante argumenta que las medidas de prohibición de salida del país y de enajenar bienes han permanecido vigentes, afectando su situación legal y económica. La Sala ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara que informe sobre el estado de la causa y las decisiones tomadas en relación a las medidas cautelares.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de amparo, considera que la prolongada dilación en la resolución de la apelación interpuesta por la ciudadana Ana Mercedes Alvarado Herrera puede afectar su derecho a un debido proceso. Se destaca que la Corte de Apelaciones debe pronunciarse sobre las medidas cautelares que afectan a la demandante, ya que su situación jurídica depende de ello. La Sala enfatiza la importancia de garantizar el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, en este caso, el derecho a la defensa y a la libertad personal.

Dispositiva

Por lo tanto, esta Sala, con el fin de resolver la presente solicitud de amparo, que fue remitida con ocasión de la apelación intentada por la abogada Ana Mercedes Alvarado Herrera, ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara que, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas más, cuatro (4) días del término de la distancia lo siguiente: 1. Informe a este Tribunal Supremo de Justicia si fue dictada sentencia por el Juzgado de Juicio al cual correspondió conocer de la causa, y en que estado se encuentra la misma. 2. Informe si la abogada Ana Mercedes Alvarado Herrera, formuló alguna solicitud ante esa Corte de Apelaciones o el Juzgado de Juicio al cual haya correspondido la causa, en relación a las medidas cautelares que le fueron dictadas en ese juicio penal. 3. En el caso de que haya dictado la correspondiente decisión, deberá remitir igualmente copia certificada de la misma a esta Sala Constitucional, así como de las demás actuaciones cursantes en el expediente a partir de la referida decisión.

Palabras clave

amparo constitucionalprohibición de salidamedidas cautelaresdilación procesalderecho a la defensajusticialibertad personal

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