Sentencia N° 605 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de marzo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 605, Exp. 01-1172, 25/03/2003
Expediente01-1172
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-03-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Pablo Parquet Aure Sánchez contra el Fiscal General de la República, Julián Isaías Rodríguez, por la presunta omisión de pronunciamiento respecto a una solicitud de querella. La Sala argumenta que el Ministerio Público ya había dado respuesta a la solicitud del accionante, lo que implica que no hay lugar para el amparo solicitado.

Extracto de la motiva

La Sala observa que mediante oficio número DFGR-DVFGR-DCJ-2002 del 12 de julio del 2002 emanado del Fiscal General de la República se indicó que “la ciudadana Vice-Fiscal General de la República a través del oficio Nº DFGR-DVFGR-DCCA-2001-18804, de fecha 15 de mayo de 2001, cuya copia le anexo, le informó al solicitante que se habían girado las instrucciones pertinentes para la atención del caso planteado, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución y las leyes al Ministerio Público. Es oportuno manifestarle que al respecto fue comisionado el Fiscal Décimo Séptimo a Nivel Nacional con Competencia plena, quien dio inicio a la correspondiente averiguación sumaria, el 22 de mayo de 2001 y ordenó la realización de diversas actuaciones”. En fuerza de los anteriores argumentos, de los cuales se pudo evidenciar que el Ministerio Público le dio al accionante una respuesta a su solicitud, estima la Sala que la pretensión de amparo objeto de estos autos, efectuada en contra del Fiscal General de la República, se haya incursa en la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Pablo Parquet Aure Sánchez, contra el ciudadano Julián Isaías Rodríguez en su carácter de Fiscal General de la República. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparofiscal generalderecho de peticióninadmisibilidadconstitucionaljusticiaquerella

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