Sentencia N° 604 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 604, Exp. 12-1060, 23/05/2013
Expediente12-1060
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una acción de amparo constitucional interpuesta por Nelson Ramírez y Sergy Martínez Morales, quienes actuaban como apoderados judiciales de Asutel. La acción fue presentada contra una decisión de la Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, alegando violaciones al derecho a la defensa y a ser juzgado por su juez natural. Sin embargo, la Sala constató que los demandantes no acreditaron su representación legal ni presentaron los documentos necesarios para sustentar su acción.
Extracto de la motiva
Conforme a lo expuesto, esta Sala considera, principalmente, que al no encontrarse acreditada, en forma manifiesta, la representación judicial que afirman tener los ciudadanos Nelson Ramírez y Sergy Martínez Morales, “apoderados judiciales de Asutel [sic]”, y en abundancia a ello, no constar en el expediente ningún instrumento ni sentencia que respalde las denuncias expuestas, la presente acción de amparo constitucional deviene, en inadmisible, conforme a lo señalado en los numerales 2 y 3, del artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable de manera supletoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley ACEPTA LA COMPETENCIA y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional presentada por los ciudadanos Nelson Ramírez y Sergy Martínez Morales, actuando como “apoderados judiciales de Asutel [sic]”, contra la decisión dictada, el 20 de agosto de 2012, por la Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y, contra la Jueza María Antonieta Croce Romero, integrante de la Sala 7 de la mencionada Corte de Apelaciones, al no haberse inhibido de conocer la causa.